SISTEMA DE PREVENCIÓN
DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
LEY 27693 – LEY 30424

Mediante el SPLAFT se establecerán las obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la organización, sus colaboradores y partes interesadas para asegurar una gestión y prevención de los posibles casos de lavado de activos, y financiamiento del terrorismo (LAFT), con sujeción al cumplimiento de los requisitos legales aplicables (Ley N° 27693, su reglamento establecido en el D.S. N° 020-2017-JUS, la Ley N° 30424, y su reglamento, D.S. N° 002-2019-JUS), y los principios éticos de la empresa. 

En QSE Consulting priorizamos la difusión y toma de conciencia de la cultura de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Nuestros programas de capacitación y formación buscan reforzar las guías de cumplimiento a las regulaciones y políticas en la administración del riesgo LAFT, con su vigencia y aplicación en la práctica diaria.

En QSE Consulting te ayudamos a identificar los tipos de riesgos de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo que genera tu organización y te brindamos las mejores opciones para su gestión mediante la adecuada debida diligencia.

En QSE Consulting te brindaremos mecanismos para implementar la debida diligencia mediante generación de bases de datos de tus socios de negocio.

En el D.S. N° 002-2019-JUS (Reglamento de la Ley N°30424) se establece que las medidas descritas en el mismo no son la única opción para las organizaciones, siendo otro mecanismo el empleo de estándares internacionales, así como buenas prácticas. Por ello, este servicio puede incluirse dentro de los servicios de Implementación de un Sistema de Gestión Antisoborno según la  ISO 37001:2016.